LA LEY DEL
EMBUDO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS
(A propósito
del “Cubo” de la Alcazaba de Badajoz)
Con la prepotencia que suelen actuar algunos de
los representantes políticos, no es extraño que se den situaciones embarazosas
que enfrenten a los ciudadanos, buscándose culpables precisamente en los que
pretenden precisamente que la legislación vigente se cumpla. Legislación
dictada por los mismos políticos que la vulneran, pensando que ellos están por
encima de lo que a los demás obliga taxativamente.
Es el caso lacerante de la pretendida
Hospedería en el Castillo de Alburquerque o en Convento San Juan de Dios de
Olivenza, con lo que se ha agredido vilmente a sus respectivas fortificaciones
abaluartadas, para luego desistir del proyecto, tras obtener a la vez sendas
condenas judiciales. O el de la Facultad de Biblioteconomía, encajada en la
Alcazaba almohade de Badajoz, y que sentencia tras sentencia se ordena el
derribo parcial.
Esto por no hablar de la agresión constante a
los derechos de sus propios trabajadores y sus representantes, como ocurre en
el Ayuntamiento de Mérida, obsesionado con la persecución de sindicalistas, que
luego se ha ido condenando en las instancias contencioso-administrativas. No
digamos en el Ayuntamiento de Badajoz, que en convocatorias para provisión de
plazas de funcionarios ha “ignorado” la normativa vigente de manera frecuente,
desautorizado a continuación por los tribunales de justicia.
Es una curiosa “ley del embudo” la que tienen
como guía, pues bien que apelan a la legalidad cuando se trata de imponer
criterios ante los “desmanes” de la ciudadanía. Y esto, claro, los desautoriza
moralmente. Desde luego que la ciudadanía ha de ser respetuosa con lo legislado
y ha de ser sancionada, pagando su culpa, si no lo hace. Pero también las
administraciones públicas, obligadas, además, a dar ejemplo.
¿Hay informes técnicos avalando dichas
actuaciones? Pues los responsables serán los técnicos “malinformantes”, y han
de sufrir administrativa o/y penalmente por ello. ¿Qué los políticos se han
saltado a la torera los informes técnicos y actuado con altanería y
prepotencia? Pues esos perniciosos representantes públicos deberán correr con
la responsabilidad consiguiente, administrativa, política y penalmente. Lo que
no pueden es irse unos o/y otros “de rositas”, y cargar las culpas contra el
que denuncia los desaguisados.
La “Ley del embudo” es un mal uso institucional
que se practicaba mucho por parte de los
señores medievales, dueños de horca y cuchillo. O en las monarquías
autoritarias y absolutistas de la Edad Moderna. ¡Pero los tiempos han cambiado
desde la Revolución francesa para acá!
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