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martes, 25 de noviembre de 2025

 

25 DE NOVEMBRO E CONSTITUIÇÃO DA REPÚBLICA PORTUGUESA

Moisés Cayetano Rosado

En el debate sobre lo positivo (para unos) del Golpe del 25 de noviembre en Portugal que recondujo la Revolução dos Cravos al “modelo occidental, evitando la sovietización del país” y lo negativo (para otros) porque “cortó los sueños de una sociedad socialista, igualitaria y solidaria”, hay algo que no debemos ignorar en la reflexión general: la Constituição de 1976, aprobada cuatro meses de aquel 25 de Novembro.

El Texto originário da Constituição, de 2 de Abril de 1976, fue aprobado por todos los partidos representados en la Asamblea Constituyente, excepto el Centro Democrático Social, que tenía 16 diputados: el 6% de la Cámara, constituida por 250 diputados.

Señalar que el Partido Socialista tenía 116 diputados (46’4%) y el Partido Popular Democrático 81 (32’4%); entre ambos, el 78’8% del total: ellos se alternarían en el Gobierno de la Nación en los años sucesivos, los años de reconversión y eliminación de los postulados que siguen, excepto de lo transcrito del Preámbulo, que continua vigente…

En dicha Constitución, aprobada por tan amplísima mayoría de la derecha, el centro y la izquierda, cuatro meses -como digo- después de la “reconducción” al modelo occidental  no socializante, leemos:

Preâmbulo (fragmento)

A Assembleia Constituinte afirma a decisão do povo português de defender a independência nacional, de garantir os direitos fundamentais dos cidadãos, de estabelecer os princípios basilares da democracia, de assegurar o primado do Estado de Direito democrático e de abrir caminho para uma sociedade socialista, no respeito da vontade do povo português, tendo em vista a construção de um país mais livre, mais justo e mais fraterno.

ARTIGO 1.º

Portugal é uma República soberana, baseada na dignidade da pessoa humana e na vontade popular e empenhada na sua transformação numa sociedade sem classes.

ARTIGO 2.º (Estado democrático e transição para o socialismo)

A República Portuguesa é um Estado democrático, baseado na soberania popular, no respeito e na garantia dos direitos e liberdades fundamentais e no pluralismo de expressão e organização política democrática, que tem por objectivo assegurar a transição para o socialismo mediante a criação de condições para o exercício democrático do poder pelas classes trabalhadoras.

ARTIGO 80.º (Fundamento da organização económico-social)

A organização económico-social da República Portuguesa assenta no desenvolvimento das relações de produção socialistas, mediante a apropriação colectiva dos principais meias de produção e solos, bem como dos recursos naturais, e o exercício do poder democrático das classes trabalhadoras.

ARTIGO 82.º (Intervenção, nacionalização e socialização)

1. A lei determinará os meios e as formas de intervenção e de nacionalização e socialização dos meios de produção, bem como os critérios de fixação de indemnizações.

2. A lei pode determinar que as expropriações de latifundiários e de grandes proprietários e empresários ou accionistas não dêem lugar a qualquer indemnização.

ARTIGO 83.º (Nacionalizações efectuadas depois de 25 de Abril de 1974)

1.      Todas as nacionalizações efectuadas depois de 25 de Abril de 1974 são conquistas irreversíveis das classes trabalhadoras.

ARTIGO 96.º (Objectivos da reforma agrária)

A reforma agrária é um dos instrumentos fundamentais para a construção da sociedade socialista e tem como objectivos: a) Promover a melhoria da situação económica, social e cultural dos trabalhadores rurais e dos pequenos e médios agricultores pela transformação das estruturas fundiárias e pela transferência progressiva da posse útil da terra e dos meios de produção directamente utilizados na sua exploração para aqueles que a trabalham, como primeiro passo para a criação de novas relações de produção na agricultura;

ARTIGO 97.º (Eliminação dos latifúndios)

1. A transferência da posse útil da terra e dos meios de produção directamente utilizados na sua exploração para aqueles que a trabalham será obtida através da expropriação dos latifúndios e das grandes explorações capitalistas.

2. As propriedades expropriadas serão entregues, para exploração, a pequenos agricultores, a cooperativas de trabalhadores rurais ou de pequenos agricultores ou a outras unidades de exploração colectiva por trabalhadores.

¿Por qué se hizo una Constitución claramente socializante, cuando los partidos mayoritarios que la firmaron procedieron de inmediato a desmontarla? ¿Por qué se habló de nacionalización, transición para el socialismo, “la tierra para quien la trabaja”, etc., considerándolas como conquistas irreversíveis das classes trabalhadoras, cuando inmediatamente se procedió a impedir legal y materialmente la realización de estos objetivos? Y lo que continúa a ser llamativo: ¿Por qué en el Preámbulo actual de la Constitución se sigue diciendo: abrir caminho para uma sociedade socialista?

El Golpe do 25 de Novembro no es compatible con la Constitución que más tarde se aprueba, con tanto consenso. Son cuestiones contradictorias. De impedir el caminho para uma sociedade socialista a consagrarlo constitucionalmente… e incluso mantenerlo en la actualidad. O se está en una vía o se está en la otra. O “reconducción al modelo capitalista, liberal, occidental”, o profundización en la vía socialista. ¡No se puede servir a dos señores!

viernes, 20 de agosto de 2021

 CAPITÃES DE ABRIL: GRANDES OFICIALES DA ORDEM DA LIBERDADE.

Casi 50 años después (y hasta que esa fecha se cumpla, en 2024), el Presidente de la República de Portugal, Profesor Marcelo Rebelo de Sousa, quiere ir condecorando con la Ordem de Grandes Oficiales da Liberdade a los militares que se distinguieron en la preparación y desarrollo de la Revolução de Abril de 1974, la inmensa mayoría de los cuales aún no habían tenido este alto reconocimiento de la Nación.

Ayer mismo, dentro de esta secuencia que se va extendiendo en el tiempo actual con regularidad, se celebraba la ceremonia de imposición de condecoraciones, y resulta especialmente emotivo comprobar cómo se le hace justicia a aquellos jóvenes que se jugaron su vida por llevar a Portugal la paz, la prosperidad, la libertad, bajo las simbólicas tres “D”: Descolonização, Democratização e Desemvolvimento.

¡Me resultó tan grato ver a amigos militares ser homenajeados por el más alto Magistrado de la República! Y sobre todo cuanto detrás de ellos hay una historia de lucha constante, de entereza sostenida, de sostenida presencia en sus actitudes, aspiraciones y actuaciones de los “Valores de Abril”. Y que esta forma de vida se ha mantenido pese a las contrariedades e incomprensiones que surgieron para muchos de ellos, incluso al poco tiempo del triunfo revolucionario.

Ese es el caso de dos de mis buenos amigos condecorados ayer.

Así, el coronel João Andrade da Silva, que era teniente el 25 de Abril de 1974, en la Escola Prática de Artilheria de Vendas Novas, de donde salió para ocupar el alto de Cristo Rey en Almada, junto a un destacado grupo de compañeros, controlando el estuario del Tajo. Luego tuvo un papel destacado en la defensa de la Reforma Agraria y los trabajadores campesinos en el distrito de Évora durante 1975, siendo capitán de artillería. Pero el 25 de Novembro de 1975, a resultas del Golpe que acabó con el PREC (Processo Revolucionário em Curso), estuvo en la lista de los oficiales que había de ser encarcelado por supuesta sublevación revolucionaria, de la que solamente se salvó por no encontrar Ramalho Eanes (responsable de la intervención) pruebas contra él. Actualmente es el Presidente de la Associação Salgueiro Maia y mantiene intacto su espíritu revolucionario.


Y también el coronel Manuel Duran Clemente, capitán el 25 de Abril, destinado en Guiné-Bissau, donde había sido uno de los cuatro redactores de la protesta contra el Decreto-Lei 409/73 -de polémica promoción en la carrera militar, dirigida a las más altas instancias de la Nación-, siendo el origen del Movimento dos Capitães, que desembocó en el Movimento das Forças Armadas y las actuaciones que condujeron al 25 de Abril de 1974. En todo ello estuvo siempre Duran Clemente, que en el Golpe de 25 de Novembro de 1975 tuvo un papel destacado a favor del proceso revolucionario, lo que le llevó a la persecución y, por ello, al penoso exilio, del que volvería tras acabar las represalias que se sucedieron, pero que le costó el apartamiento de su carrera militar. En la actualidad, mantiene una actividad de información y concienciación crítica incansable, de admirable entereza, en publicaciones y redes sociales.

Ellos, y tantos más, militares de carrera o de milicia, graduados o de “baja patente”, merecen este alto reconocimiento, que durante más de cuatro décadas les había sido “hurtado”. Algunos lo han recibido “a título póstumo”, y espero que vivos o lamentablemente fallecidos otros, haya justo reconocimiento para todos.

Moisés Cayetano Rosado

viernes, 3 de abril de 2020


EL EJEMPLO PECUNIARIO DE RAMALHO EANES
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Cuando el teniente coronel António Ramalho Eanes encabezó las operaciones militares que pusieron fin, el 25 de noviembre de 1975, al Processo Revolucionário em Curso, el militar portugués tenía 40 años.
No voy ahora a hablar de aquellas circunstancias -que ya he hecho en otras ocasiones (http://moisescayetanorosado.blogspot.com/2019/08/la-transicion-politica-enespana-y.html)-  sino de destacar el comportamiento de Ramalho Eanes en cuanto a sus decisiones con respecto a su remuneración económica en la nueva situación personal.
Inmediatamente fue nombrado Jefe de Estado Mayor del Ejército y ascendido a general. Y también inmediatamente renunció a los emolumentos que le correspondían por su nueva graduación y cargo, limitándose a percibir el sueldo de teniente coronel, destinando el resto a los gastos oficiales de su representación.
Un año después, ganaría las elecciones a la Presidencia de la República (cargo que ostentó en dos legislaturas: 10 años), negándose siempre a un aumento de honorarios (https://observador.pt/especiais/eanes-o-presidente-do-25-de-novembro/).
¿Acaso alguien puede extraer alguna lección de este comportamiento?
Muchas veces se dice que el político debe estar “bien pagado” para que accedan a esta situación los mejores. ¡Los mejores dentro de los ambiciosos del dinero!
El expresidente de Uruguay, José Mújica, lo viene repitiendo de continuo: si alguien trabaja por el interés de “la platita”, que se dedique a las finanzas, a los negocios, a la empresa privada; pero si lo hace en el servicio público, “que no se sirva de él para enriquecerse”.
El humanista de los Países Bajos Rodolphus Agricola, precursor de Erasmo, lo había indicado en el siglo XV con respecto a los que se dedicaran a la enseñanza: ni tan cuantiosamente remunerados que accedan a la profesión los más ambiciosos, ni tan míseramente que únicamente ejerzan los más incompetentes.
Al menos en buena parte del siglo pasado, muchos catedráticos de universidades portuguesas estaban satisfechos de cobrar menos que los profesores de enseñanza media: el honor de la cátedra universitaria no era para ellos “medible” en dinero.
El honor de representar al pueblo tampoco lo debe ser. No es que trabajen los políticos sin percibir honorarios para desenvolver una vida cómoda, pero tampoco que tripliquen, cuadripliquen, multipliquen aún más lo que ya obtenían en su vida anónima.
¿Que se consideran de muy gran valía “económica”? ¡Pues que sigan el ejemplo que indica José Múgica!
¿Qué son conscientes de su servicio a los demás? ¡Pues que hagan caso a los consejos de Rodolphus Agrícola y de los catedráticos universitarios que digo!
Y, sobre todo, que sigan el ejemplo pecuniario de Ramalho Eanes. Tal vez, entonces, se les respete más.
Moisés Cayetano Rosado