domingo, 24 de noviembre de 2013

LA LEY DEL EMBUDO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS
(A propósito del “Cubo” de la Alcazaba de Badajoz)
Con la prepotencia que suelen actuar algunos de los representantes políticos, no es extraño que se den situaciones embarazosas que enfrenten a los ciudadanos, buscándose culpables precisamente en los que pretenden precisamente que la legislación vigente se cumpla. Legislación dictada por los mismos políticos que la vulneran, pensando que ellos están por encima de lo que a los demás obliga taxativamente.
Es el caso lacerante de la pretendida Hospedería en el Castillo de Alburquerque o en Convento San Juan de Dios de Olivenza, con lo que se ha agredido vilmente a sus respectivas fortificaciones abaluartadas, para luego desistir del proyecto, tras obtener a la vez sendas condenas judiciales. O el de la Facultad de Biblioteconomía, encajada en la Alcazaba almohade de Badajoz, y que sentencia tras sentencia se ordena el derribo parcial.
Esto por no hablar de la agresión constante a los derechos de sus propios trabajadores y sus representantes, como ocurre en el Ayuntamiento de Mérida, obsesionado con la persecución de sindicalistas, que luego se ha ido condenando en las instancias contencioso-administrativas. No digamos en el Ayuntamiento de Badajoz, que en convocatorias para provisión de plazas de funcionarios ha “ignorado” la normativa vigente de manera frecuente, desautorizado a continuación por los tribunales de justicia.
Es una curiosa “ley del embudo” la que tienen como guía, pues bien que apelan a la legalidad cuando se trata de imponer criterios ante los “desmanes” de la ciudadanía. Y esto, claro, los desautoriza moralmente. Desde luego que la ciudadanía ha de ser respetuosa con lo legislado y ha de ser sancionada, pagando su culpa, si no lo hace. Pero también las administraciones públicas, obligadas, además, a dar ejemplo.
¿Hay informes técnicos avalando dichas actuaciones? Pues los responsables serán los técnicos “malinformantes”, y han de sufrir administrativa o/y penalmente por ello. ¿Qué los políticos se han saltado a la torera los informes técnicos y actuado con altanería y prepotencia? Pues esos perniciosos representantes públicos deberán correr con la responsabilidad consiguiente, administrativa, política y penalmente. Lo que no pueden es irse unos o/y otros “de rositas”, y cargar las culpas contra el que denuncia los desaguisados.

La “Ley del embudo” es un mal uso institucional que se  practicaba mucho por parte de los señores medievales, dueños de horca y cuchillo. O en las monarquías autoritarias y absolutistas de la Edad Moderna. ¡Pero los tiempos han cambiado desde la Revolución francesa para acá!

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